Saltar al contenido

Preguntas Frecuentes — Programa de Seguros FGN

Preguntas Frecuentes

Respuestas a las dudas más comunes sobre el Programa de Seguros

Sobre Siniestros y Reportes

¿Qué debo hacer si sufro un accidente de tránsito con un vehículo oficial?

Primero garantice la seguridad de las personas involucradas. Si hay lesionados, llame al 123. Luego contacte a Aseguradora Solidaria (# 789 opción 2-1-3 o 018000512021). Tome fotografías del siniestro. Elabore el informe con las autoridades de tránsito si hay daños a terceros o lesiones. Notifique al Departamento de Bienes (seguros.fgn@fiscalia.gov.co) dentro de las 48 horas siguientes.

¿Cuánto tiempo tengo para reportar un siniestro?

La norma general es notificar dentro de las 48 horas siguientes al momento del siniestro. Para accidentes de tránsito con lesionados, la notificación a la aseguradora debe ser inmediata. Para eventos de manejo global o hallazgos de fraudes, la notificación debe ser el mismo día en que se detecta el indicio. La demora injustificada puede ser causal de rechazo de la reclamación.

¿Qué documentos necesito para una reclamación?

Los documentos varían según el tipo de póliza, pero en general se requiere: (1) Informe o reporte del siniestro firmado por el servidor y su jefe inmediato, (2) Fotografías del daño o pérdida, (3) Denuncia ante autoridades si aplica (hurto, daños por terceros), (4) Registro de inventario del bien afectado, (5) Facturas o avalúo del bien (para daños materiales), (6) Certificado médico (para siniestros con lesiones). El intermediario Jargu S.A. le indicará el listado específico para cada caso.

Sobre las Coberturas

¿Están cubiertos los bienes de mi uso personal en la oficina?

No. Las pólizas institucionales cubren exclusivamente los bienes de propiedad de la Fiscalía General de la Nación o bajo su tenencia y responsabilidad contractual. Los bienes de uso personal del servidor (celular personal, computador propio, efectivo personal, objetos de valor) no están amparados por las pólizas institucionales.

¿Cómo sé qué póliza cubre el bien que está a mi cargo?

Puede consultarlo en esta página web en la sección de cada póliza. Para información específica sobre si un bien particular está incluido en el inventario asegurado, contacte al Departamento de Bienes (seguros.fgn@fiscalia.gov.co). También puede solicitar un certificado de cobertura para bienes específicos a través del intermediario Jargu S.A.

¿Qué pasa si un bien no estaba registrado en el inventario y sufre un daño?

Si el bien no ha sido registrado en el inventario asegurado y no hay un endoso que lo incluya, la aseguradora puede rechazar la reclamación. Es fundamental mantener los inventarios actualizados y notificar oportunamente al Departamento de Bienes la adquisición de nuevos bienes para que sean incluidos en las pólizas correspondientes.

Sobre el Seguro de Vida

¿Cómo designo o cambio mis beneficiarios en el seguro de vida?

Debe diligenciar el formulario de designación de beneficiarios disponible en el Departamento de Bienes o solicitarlo por correo a seguros.fgn@fiscalia.gov.co. El formulario debe incluir nombre completo, cédula, parentesco y porcentaje asignado a cada beneficiario. La suma de los porcentajes debe ser 100%. Firme el formulario ante el Departamento de Bienes y conserve una copia. Puede actualizar sus beneficiarios en cualquier momento.

¿El seguro de vida cubre muerte en acto de servicio?

Sí. La póliza de vida grupo ampara la muerte por cualquier causa, incluyendo muerte en acto de servicio o como consecuencia de actos violentos relacionados con las funciones del servidor. En estos casos pueden aplicar además beneficios adicionales establecidos en leyes especiales para servidores caídos en cumplimiento del deber. Consulte al Departamento de Bienes para verificar las condiciones específicas vigentes.